Por unanimidad, la Sala del Senado aprobó el proyecto que modifica el Código Sanitario en lo relativo al cobro de multas, que llegó con el informe favorable de la Comisión de Salud.

De este modo, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su trámite de promulgación como ley.

Actualmente, las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMI) de Salud cursan multas sanitarias pero el cobro de ellas está en manos del Consejo de Defensa del Estado (CDE). En cambio, los sumarios sancionados por el Ministerio de Salud (Minsal) directamente, están a cargo de la Tesorería.

El CDE hizo ver su incapacidad de responder a la alta demanda, demostrando que la Tesorería sí tiene los medios para hacerlo. Esta iniciativa establece aquello.

Cabe consignar que si bien la propuesta del Ejecutivo nació luego de las múltiples multas cursadas en el marco de la pandemia, se optó por hacer de esta ley una norma de carácter general.

En la Sala, el presidente de la Comisión de Salud, Rabindranath Quinteros describió el análisis que hizo esta instancia, explicando que se busca “permitir a la Tesorería cobrar las multas de sumarios sanitarios con el fin de mejorar la recaudación. Aprobamos por unanimidad el texto tal como viene de la Cámara Baja”.

Proyecto

“Las resoluciones que establezcan las infracciones y determinen las multas tendrán mérito ejecutivo y se harán exigibles por la Tesorería General de la República (…) El retardo en el pago de estas multas devengará los intereses y reajustes establecidos en el Código Tributario (…) Las multas que se impongan por infracción a las disposiciones de este Código y sus reglamentos o a las resoluciones de la autoridad sanitaria, serán a beneficio fiscal”.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

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