Por 130 votos a favor y dos abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en tercer y último trámite legislativo, el proyecto que modifica la Ley General de Cooperativas para extender, transitoriamente, el plazo dentro del cual deben celebrarse las Juntas Generales de Socios.

La iniciativa nacida en una moción parlamentaria, busca hacer frente a las problemáticas derivadas de las medidas sanitarias impuestas a raíz de la pandemia, en el presente caso, para abordar la situación de las cooperativas.

Con la votación de la Sala se ratificaron las enmiendas de forma que hiciera el Senado al texto legal. Al respecto, se ratificó el criterio que modificaba la citada extensión “hasta los 90 días” por “los tres meses” posteriores al término del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado el 18 de marzo de 2020, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y sus respectivas prorrogas.

Asimismo, se aprobó también que, “de existir otras restricciones impuestas por la autoridad que impidan la celebración de la Junta General de Socios, el plazo de tres meses para su celebración comenzará a correr desde el término de estas.”

Contenido de la norma

El texto legal busca flexibilizar la normativa vigente que obliga a celebrar las juntas de socios, a lo menos, una vez al año dentro del primer semestre.

Cumplido el periodo indicado, se deberá convocar a una junta de socios para tratar, a lo menos, dos de sus tareas principales (art. 23, letras a y b):

El examen de la situación de la cooperativa y de los informes de las juntas de vigilancia y auditores externos, así como la aprobación o rechazo de la memoria, del balance, de los estados y demostraciones financieras presentadas por los administradores o liquidadores de la cooperativa.

La distribución de los excedentes o remanentes de cada ejercicio.

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

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