Por medio de la Resolución Ex. N°111 del 1 de octubre de 2021 el Servicio de Impuestos Internos (SII) declaró el término de giro de miles de contribuyentes que tienen 36 o más períodos tributarios continuos sin operaciones y no tenga utilidades ni activos pendientes de tributación o no se determinen diferencias netas de impuestos, y no posea deudas tributarias.

La nómina de las personas, entidades o agrupaciones respecto de las cuales se declaró el término de giro está disponible en la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Fuente:

Departamento de Estudios Transtecnia

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

X
0
    0
    Carro de Compras
    No tienes comprasAgregar servicios
    Nuevo webinar: ¿Cómo cumplir con la nueva normativa de Conciliación Familiar? Conoce más
    Hello. Add your message here.