Bitácora Laboral

07.05.2022

Cámara aprueba ingreso mínimo subirá a $380 mil este mes y a $400 mil al 1 de agosto y ahora será analizado por el senado

A 380 mil pesos subirá, de manera retroactiva, a contar del 1 de mayo, el ingreso mínimo mensual (IMM). Luego, en una segunda etapa, el monto ascenderá a 400 mil pesos al 1 de agosto. En conjunto, ambos aumentos suman un reajuste total de aproximadamente 14,3%.

Así lo establece el proyecto aprobado por la Sala de la Cámara y despachado al Senado, luego de un intenso y extenso debate que contó para su desarrollo con los informes de las comisiones de Trabajo y de Hacienda, rendidos por los diputados Luis Alberto Cuello (PC) y Ricardo Cifuentes (DC), respectivamente.

El texto se enmarca en un contexto de creciente inflación en el país y en el reconocimiento de la continuidad de los efectos negativos de la pandemia. Tal hecho se percibe tanto en los valores considerados para el IMM y asignaciones permanentes, como en beneficios especiales integrados a esta propuesta legal. Tal es el caso de la entrega de un subsidio a las mipymes y de un aporte mensual compensatorio del valor de la canasta básica.

De esta forma, se espera contribuir al fortalecimiento del bienestar económico y social de la persona trabajadora, al respeto de su dignidad y sus valores como ser humano. Asimismo, se busca la protección de sus derechos fundamentales, acercando a nuestro país a estándares por sobre la línea de la pobreza para hogares promedios.

En lo particular, el proyecto define el IMM general, ya mencionado, y contempla los incrementos para el IMM para los trabajadores y trabajadoras menores de 18 años y mayores de 65 años de edad. Igualmente, el reajuste del IMM para efectos no remuneracionales. En el primer caso, el monto será de 283 mil 471 pesos a contar del 1 de mayo; mientras que, en el segundo, ascenderá 244 mil 944 pesos, en la misma fecha.

A partir del 1 de agosto de 2022, los valores señalados se elevarán en la misma proporción en que se aumente el IMM general.

Asignaciones

La iniciativa, como es tradicional, contempla las nuevas cifras de la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares. A contar del 1 de mayo, tendrá los siguientes valores:

$15.597 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $398.443.

$9.571 por carga, si el ingreso mensual supera los $398.443 y no excede de $581.968.

$3.025 por carga, para ingresos sobre los $581.968 y no exceda de $907.672.

Si los ingresos mensuales son superiores a $907.672,  no se tendrá derecho a las asignaciones.

Junto a lo anterior, la propuesta legal considera el nuevo monto del subsidio familiar. Este será de $15.597, a contar del 1 de mayo de 2022.

Ambos beneficios verán aumentados sus valores a partir del 1 de agosto de 2022, en la misma proporción en que se aumente el IMM general.

Compromisos

El texto compromete al Gobierno a enviar, a más tardar, en abril de 2023, un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste del IMM y de las citadas asignaciones y subsidio. Se espera que las nuevas cifras comiencen a regir el 1 de mayo de ese año. La redacción de la propuesta se deberá realizar considerando las sugerencias del Consejo Superior Laboral.

Adicionalmente, se contempla una nueva alza eventual aplicable en enero de 2023. Ella dependerá de si la variación acumulada experimentada por el IPC supera el 7% en 12 meses, a diciembre de 2022. En este caso, el IMM se elevará a $410.000.

De cumplirse esta condición, los montos de los otros ingresos mínimos y de las asignaciones y subsidio se elevarán en la misma proporción y oportunidad.

Subsidio a la mipymes

Entendiendo el impacto que el alza del IMM puede significar para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), se incluye un subsidio temporal mensual. Este será de cargo fiscal. Se pagará a las personas naturales y jurídicas, incluyendo cooperativas, que hayan informado inicio de actividades en primera categoría ante el SII y tengan ingresos anuales por ventas y servicios del giro superiores a UF 0,01 e iguales o inferiores a UF100.000.

El subsidio base mensual y de cargo fiscal que propone el proyecto de ley será de $22.000 por mes. Se entregará a una mipyme por cada trabajador/a dependiente contratado/a que perciba un IMM, entre los meses de mayo 2022 y abril 2023. De producirse una tercera alza del IMM, el subsidio base mensual aumentará a $32.000, entre los meses de enero y abril 2023.

La iniciativa considera la base de cálculo y las reglas para establecer el citado subsidio. De igual modo, las condiciones generales y procedimiento para solicitar el beneficio. Junto a lo anterior, las acciones a seguir en caso de adulteración o falsedad de los datos aportados para cobrar el subsidio, así como quienes se excluyen del aporte.

Asimismo, se precaven eventuales malas prácticas de los empleadores con el objeto de percibir el beneficio. Ejemplo de ello pueden ser el despido arbitrario de trabajadores y su nueva contratación por montos inferiores o la repactación de remuneraciones.

Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia

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