La reforma tributaria incluye -entre otros aspectos- la eliminación de la posibilidad de recuperar el impuesto de primera categoría pagado por las utilidades que resulten absorbidas con las pérdidas tributarias que genera una compañía, que en la práctica tributaria se denomina “Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA)”.

Cabe señalar que la reforma incluiría la eliminación conforme a la regla de la gradualidad: el próximo año se reducirá a 90%, en 2021 a 80%, en 2022 a 70%, en 2023 al 50% y en 2024 se extinguiría.

En opinión a “La Tercera” Álvaro Pérez, socio de Recabarren y Asociados, indicó que “esto implicará que aquellas sociedades holding o empresas grandes que tengan pérdidas tributarias, en sus balances financieros tendrán que ajustar sus activos por impuestos diferidos. Cuando una sociedad mantiene una pérdida tributaria el auditor financiero debe determinar el impuesto diferido por esta pérdida tributaria y lo activará contra resultado de ganancias”.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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