Hace meses que se estaba discutiendo judicialmente si el Servicio de Impuestos Internos (SII) podía requerir de las empresas de aplicaciones de servicios de transportes, entre ellas Uber, los datos de los prestadores a quienes paga por el servicio a sus clientes. 

Y así fue en sentencia del 23 de abril, Rol 251-2018, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó que el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá fiscalizar a la empresa de transportes Uber y a cada uno de los choferes asociados ya que dicha empresa está obligada a levantar el secreto bancario.

De esta manera, el tribunal de alzada capitalino confirmó lo dictaminado en agosto de 2018 por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago que autorizó al SII para adentrarse en lo que gana le firma -y por extensión los choferes-, toda vez que se abre a que estos últimos paguen impuestos por sus servicios.

Básicamente, la empresa de plataforma deberá entregar los saldos y movimientos entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de mayo de 2017 en dos cuentas del Banco de Chile, como también detallar los pagos hechos desde estas últimas.

Los datos financieros que Uber tendrá que proporcionar, incluirán los nombres y RUT de los beneficiarios del pago. De esta manera, el SII accederá también al dinero que ganaron los más de 70 mil abonados que hoy trabajan para la plataforma en Chile.

Aunque hasta ahora no hay claridad del cómo ni el cuándo, la entidad tributaria está evaluando qué tipo de carga impositiva deberán pagarán los asociados por los ingresos que perciben. 

Fuente: Departamento de Estudios Transtecnia

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