La Reforma Educacional que eliminó el financiamiento compartido en la educación básica y media no sólo ha generado impactos a los sostenedores de los establecimientos educacionales sino que también a algunas remuneraciones de los docentes.

Así quedó establecido en Ord. N°5044 emitido el pasado 2 de octubre 2018 por la Dirección del Trabajo la que se pronunció respecto de un bono voluntario, asignación pactada de forma tácita en los contratos individuales de trabajo, y cuyo pago se efectuaba de forma bimensual, por un monto fijo ascendente a $40.320 , cuyo origen estaba en el cobro efectuado a los apoderados atendido que el establecimiento educacional se encontraba incorporado al régimen de financiamiento compartido, circunstancia que cambió a contar de marzo del 2016, al optar por el sistema de gratuidad total, lo que implicó dejar de percibir el cobro adicional efectuado a los apoderados, recursos que se destinaban al pago del bono voluntario.

Para la Dirección del Trabajo ha operado “una causa legal que exime a la parte empleadora de continuar pagando a los trabajadores el denominado bono voluntario, lo anterior, sin perjuicio que las partes en ejercicio de la autonomía de la voluntad puedan acordar la continuidad del pago del beneficio con cargo a la subvención general o bien al aporte de gratuidad”.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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