En junio de 2013, Sebastián Piñera ingresó a trámite legislativo un proyecto (boletín 8996) que buscaba crear un estatuto laboral para jóvenes que se encuentren estudiando en la educación superior. Después de años de estancamiento, el Presidente Piñera aprovechó su nuevo mandato para rescatarla y promover su avance. Sin embargo su perfil sigue siendo objeto de controversias.

En abril pasado, ante la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, instancia que preside Gastón Saavedra (PS), los representantes de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (CNC) se manifestaron decididamente a favor del proyecto, considerando que busca facilitar la inserción laboral de los jóvenes para pagar sus estudios, aunque entregaron algunas propuestas de perfeccionamiento.

Una línea similar planteó la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), que evaluó que el estatuto viene a estimular “el trabajo formal, reconociendo las necesidades personales de este tipo de trabajadores”. “A su vez, la iniciativa legal se hace cargo de necesidades urgentes que tiene el país, como lo son: reducir la elevada tasa de desempleo que afecta a los jóvenes; y disminuir la tasa de deserción en la educación superior”, expresaron en su presentación.

En contraposición, los gremios de trabajadores manifestaron su dura oposición a la iniciativa, tal como lo remarcaron en abril la Confederaci6n de Trabajadores del Comercio y Servicio (Consfecove) y, la semana pasada, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (Anef).

La CUT sostuvo que hubo un rechazo unánime de las organizaciones convocadas en torno a este proyecto debido a que se estimó que genera flexibilidad y trabajo precario; burla la ley de jornadas parciales y turnos; promueve una nueva causal de despido (dejar de estudiar o cumplir 25 años); establece un límite a los contratos a plazo; no contempla seguro de cesantía; se desconoce el nivel de respeto a la ley de protección a la maternidad y sala cuna; entorpece la libertad sindical y hace inefectiva la negociación colectiva.

La Anef también fue enfática en la materia. “Como Anef hacemos el llamado a rechazar categórica y absolutamente la sola idea de legislar este proyecto de ley, pues no soluciona el problema de fondo planteado, sino mas bien busca precarizar el sistema laboral, tanto en el sector privado como el público”, sentenció Carlos Insunza, presidente de la agrupación.

Mauro Díaz, Coordinador del Comité de Jóvenes de la Anef, alertó que, si se aprueba este proyecto, provocará sustitución laboral (el empresario preferirá a aquellos que se rijan por normas más precarias y flexibles) y abrirá un espacio para grandes modificaciones en el sector del trabajo que irían en la misma senda de eliminar derechos. “En ningún caso es posible el solo pensar en la idea de legislar un proyecto con este nivel de afectación a los trabajadores”, acotó.

Datos aportados por el Ejecutivo

En su presentación, el Ejecutivo indicó los siguientes objetivos del proyecto:

1. Aumentar el empleo formal en jóvenes entre 18-24 años, otorgando cobertura de seguridad social y frente a accidentes del trabajo.

2. Aumentar la baja participación laboral juvenil.

3. Reducir la alta tasa de desempleo juvenil.

4. Aumentar el monto de pensiones futuras al favorecer el trabajo formal a temprana edad.

5. Incentivar el ingreso a la educación superior de jóvenes que no lo han hecho por tener que trabajar para complementar el ingreso familiar.

6. Anticipar el ingreso de los jóvenes al mundo laboral, dotándolos de la experiencia requerida en muchos empleos.

7. Permitir al estudiante mantener diversos beneficios de seguridad social.

En línea con los objetivos señalados, el estatuto especial se aplicaría a estudiantes entre 18 y 24 años de edad que puedan trabajar y que se encuentren cursando estudios regulares en una institución de educación superior.

Será obligación acreditar cada seis meses la calidad de alumno regular mediante certificado emitido por la institución educacional, el cual debe anexarse al contrato de trabajo.

Esta figura no será aplicable si la persona deja de ser estudiante regular o no acredita su calidad de tal; o si cumple 25 años.

El proyecto, además, define las reglas especiales del contrato a plazo fijo y de la jornada de trabajo; así como condiciones especiales, beneficios o incompatibilidades que le serán aplicables a los jóvenes que se adscriban a este sistema.

Fuente: www.camara.cl

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