La Ley N° 21.276 que entró en vigencia ayer tras ser publicada en el Diario Oficial, perfecciona los mecanismos de resguardo de la solvencia de las compañías de seguros y agiliza los procedimientos para las emisiones de deuda y acciones.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) destaca la publicación en el Diario Oficial de la Ley N° 21.276, que introduce modificaciones a una serie de cuerpos legales que tienen por objeto cautelar el buen funcionamiento del mercado financiero.

Las modificaciones contemplan perfeccionamientos a las leyes de Mercado de Valores (N° 18.045), Sociedades Anónimas (N°18.046), sobre compañías de seguros (DL 251) y Fondos de Pensiones (DL 3.500).

En materia de seguros, se incorpora una medida prudencial que supedita las disminuciones de capital y distribución de dividendos de las aseguradoras al cumplimiento de los requisitos patrimoniales y de solvencia que establece actualmente la Ley de Seguros.

Adicionalmente, no podrán realizar disminuciones de capital las compañías que presenten una razón de fortaleza patrimonial, definido como patrimonio sobre el patrimonio de riesgo requerido, inferior a 1,2 veces. Por su parte, respecto del reparto de dividendos, se agregan las siguientes reglas:

    1. Si la razón de fortaleza patrimonial fuere mayor o igual a 1,1 veces y menor a 1,2 veces, la compañía podrá repartir como máximo el 50% de las utilidades;
    2. Si la razón de fortaleza patrimonial fuere menor a 1,1 veces, la compañía no podrá repartir dividendos. Para disminuciones de capital, la razón de fortaleza patrimonial debe ser de al menos 1,2.

Adicionalmente, se otorgan facultades a la CMF para regular los límites de endeudamiento, clasificación de riesgo y excesos de inversión. Estas atribuciones tienen una vigencia de 36 meses a contar de ayer.

Mercado de Valores y SA

En el mercado de valores, se establece un sistema de inscripción automática de títulos de deuda en el Registro de Valores que lleva la Comisión. Esto para aquellos emisores que, encontrándose ya inscritos en tal Registro, presenten una solicitud de inscripción cumpliendo con los requisitos legales y los que para el efecto establezca la CMF.

Además, se introducen modificaciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Sociedades Anónimas para disminuir plazos de citación de juntas de accionistas y de asambleas, así como para facilitar los procesos de emisiones de acciones y valores convertibles en acciones.

Finalmente, las modificaciones legales también incluyen cambios a la regulación sobre inversiones de los Fondos de Pensiones (DL 3500), ampliando el límite para las AFP en las inversiones en instrumentos alternativos de 15% a 20% del valor de cada Fondo.

Fuente:  Departamento de Estudios Transtecnia

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