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    Destacado
12.12.2011
Recuerde los cambios normativos que vienen el año 2012
Importantes cambios que no puede ni debe dejar pasar.



Bitácora Laboral
16.12.2011
Gobierno reduce en un día ausentismo laboral de trabajadores fiscales en 22 servicios públicos
Ministro Larraín entregó ayer los primeros resultados de la reforma a la gestión del Estado lanzada el 9 de mayo y anunció ampliación del programa a 116 reparticiones.


06.12.2011
Corte Suprema: Para determinar rubros que forman parte de la última remuneración mensual debe estarse a si obedecen o no a una contraprestación de los servicios prestados
Demandado interpone recurso de unificación de jurisprudencia respecto de sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, que rechazó recurso de nulidad deducido contra sentencia que acogió demanda sobre despido injustificado. La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia deducido y dicta sentencia de reemplazo.


05.12.2011
Corte de Apelaciones de Santiago: Semana corrida requiere que emolumentos variables se devenguen diariamente
Demandante y demandado recurren de nulidad contra la sentencia dictada en procedimiento de carácter laboral. La Corte de Apelaciones rechaza el recurso deducido por el demandante, acoge el impetrado por el demandado y dicta sentencia de reemplazo.


05.12.2011
Corte de Apelaciones de Santiago: Sanción de nulidad del despido requiere acreditar que empleador se encuentra moroso en el integro de cotizaciones previsionales a la fecha del despido
Demandante interpone recurso de nulidad contra la sentencia que acogió sólo parcialmente la demanda sobre despido injustificado y rechazó la acción de nulidad del despido. La Corte de Apelaciones rechaza el recurso de nulidad deducido.



Bitácora Tributaria
19.12.2011
Alzas Tributarias Incrementan la Desigualdad
Al reducir las utilidades retenidas por una mayor carga impositiva, las empresas de menor tamaño disminuyen la inversión y contraen la demanda por mano de obra, afectando la tasa de desocupación.


15.12.2011
Distorsión sobre distorsión en el impuesto al diésel
La Cámara de Diputados aprobó hace unos días el proyecto de ley enviado por el gobierno que modifica “temporalmente” el reintegro parcial del impuesto específico al diesel para las empresas de transporte. Desde el año 2001 que una fracción del impuesto pagado se le devuelve a los camioneros. Esa fracción era pareja del 10% en sus inicios, se aumentó a 25% en 2006, luego en 2008 se incrementó a un rango entre 25% y 80% según los ingresos anuales de la empresa y, finalmente, en 2010 se estableció un rango de devolución entre 29,65% y 63% hasta noviembre de 2011, el que acaba de expirar. El proyecto aprobado establece una devolución de 80% para empresas con ventas hasta 2.400 UF, de 70% con ventas entre 2.400 y 6.000 UF, de 52.5% con ventas entre 6.000 y 15.000 UF, y de 30% con ventas superiores. La extensión de este beneficio hasta junio de 2014 es una buena noticia para los camioneros, pero es una muy mala noticia para la economía chilena. Esta medida afecta negativamente la eficiencia, tanto de la estructura productiva como del sistema tributario.


13.12.2011
Rentas de Arrendamiento
El país fuente de la renta no tiene derecho a gravarla, salvo que la empresa realice su actividad en dicho país por medio de un establecimiento permanente.


06.12.2011
SII: Oficio 2851. Pronunciamiento respecto a la procedencia de beneficio tributario
Expresa que la ley de casinos obliga a la sociedad concesionaria a tener un giro exclusivo, restricción que los obliga a conformar otras sociedades para los distintos servicios que deben ser entregados en forma obligatoria. Por lo tanto, se conformaron como "Casino de Juegos XXX.", que gira en el rubro de concesión de casino y la sociedad "Arrendamientos Turísticos XXX.", de actividad arrendamiento de inmuebles amoblados. Por ambas sociedades se presentaron ante esa Dirección Regional, proyectos para su validación de acuerdo a la Ley N°19.606.


19.12.2011
SII: Oficio 2850. Contribuyente obligado a retener el Impuesto Adicional
Señala que un corredor de seguros celebra contratos de reaseguro con compañías extranjeras a las que retiene, en virtud de lo establecido en el N° 3, del artículo 59, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), el Impuesto Adicional sobre el monto total de las primas cedidas. A su juicio, esta obligación recae sobre el pagador, esto es, el corredor, puesto que es él quien efectúa el pago al exterior y no la compañía de seguros. Indica que sin embargo, hay compañías de seguros que entienden que el corredor obra como mandatario y, por lo tanto, quien debe retener es el mandante, esto es, la compañía de seguros.


19.12.2011
SII: Oficio 2849. Ley de Donaciones a Universidades e Institutos Profesionales
Señala en su presentación, que el artículo 69, de la Ley N°18.681, establece que pueden ser donatarios las Universidades Estatales y/o particulares reconocidas por el Estado y los Institutos Profesionales Estatales y/o particulares reconocidos por el Estado, pero que en otros párrafos de esta misma disposición, se utiliza la acepción Instituciones de Educación Superior como donatarios. Agrega a continuación, que la Ley General de Educación (Ley N°20.370), en su artículo 21, define la educación superior y a través de sus artículos 54 y 64 al 68, establece que ésta comprende a las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica.


06.12.2011
Corte de Apelaciones de San Miguel: Para que pérdidas generen crédito a favor del contribuyente es requisito que se trate de un gasto necesario para producir renta
Contribuyente se alza contra la sentencia dictada en procedimiento de reclamación tributaria. La Corte de Apelaciones confirma la resolución impugnada.



Bitácora Contable
13.12.2011
Defensa de Julián Moreno: “Sí se maquillaron estados financieros” en La Polar
Abogado Miguel Chávez dice que contabilidad de la firma recaía en Farah.
   
         
         
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