12.02.2010 Quiebras emblemáticas aún no pagan indemnización laboral
Según expertos, el carácter recurrente de esta situación pone urgencia a la reforma de la ley de quiebras
Para los ahora ex empleados de dos empresas emblemáticas que cayeron en quiebra -Papelera Carrascal y Salo-, el cierre de sus fuentes de trabajo ha sido una verdadera pesadilla. Además de perder salarios y beneficios, aún no reciben sus finiquitos, los que incluyen las indemnizaciones por años de servicio.
"El Mercurio" consultó a personas que se desempeñaban en estas dos empresas fallidas, varias de las cuales señalaron que aún no reciben estos dineros y no tienen ninguna certeza sobre si se les pagará, y si así fuere, no saben cuándo ocurrirá.
Carrascal fue a remate el mes pasado, pero no hubo oferentes. Si bien se han dado fechas de pago -un ex empleado dijo haber sido informado que pagarán en marzo-, todavía no reciben dinero.
Similar situación afecta a los trabajadores de Salo, aunque en el caso de esta empresa la quiebra es más reciente.
Para recibir sus indemnizaciones -en el monto más cercano a la totalidad-, los ahora ex trabajadores ya se han organizado con abogados y han recurrido a la Inspección del Trabajo a fin de que se les finiquite a la brevedad.
Según Juan Durán, ex trabajador de Salo, la situación es crítica y de total incertidumbre. "Yo quedé sin trabajo, sin sueldo, y con un papel que dice que nos finiquitan. No se nos ha pagado, tuvimos que demandar a la empresa y contratar un abogado", dice. Y agrega que se han encontrado con una Justicia lenta en su resolución, tribunales en vacaciones y nula disposición de la empresa.
Reforma urgente
En el caso de Salo, fueron 120 las personas que se quedaron sin empleo y sin finiquito.
El abogado de García Magliona & Cía. Esteban García explica que además de la situación que afecta a los trabajadores, es necesario reformar la ley de quiebras, porque hoy es muy difícil que una empresa pequeña cierre tal como lo señala la ley.
Lo que sucede, en su visión, es que simplemente bajan la cortina y dejan de prestar servicios.
"Eso pasa porque el sistema que establece la ley es muy oneroso para ellos. Presentar una solicitud de quiebra significa contratar asesores contables y abogados, y tramitar toda una documentación. Las pymes, en cambio, cuando ven que no pueden seguir cumpliendo con el pago de sueldos, impuestos y cotizaciones previsionales, no tienen ninguna facilidad", explica García.
Según su opinión, es necesario establecer una legislación diferenciada. "Hay realidades muy distintas. Una cosa es condenar a una multa de $50 millones a una empresa que factura miles de millones que hacerlo a una compañía menor. En ese caso, la empresa se ve obligada a cerrar, acarreando problemas judiciales y financieros", complementa el abogado.
14 quiebras fueron publicadas en enero.
173 firmas quebraron en 2009.
Trabajadores son prioridad en remates
En Chile, la ley otorga a los trabajadores el derecho a recibir el equivalente a un sueldo mensual por cada año de servicio con tope de 11 años cuando son despedidos bajo ciertos criterios descritos en el Código del Trabajo, además de vacaciones proporcionales y un mes de anticipo.
En el caso de una quiebra, los trabajadores entran al registro de acreedores, donde tienen prioridad a la hora de cumplir con las obligaciones con acreedores.
Recientemente, la OCDE recomendó a Chile modificar la ley de quiebras y la indemnización por años de servicio