05.02.2010 Los ejes de la reestructuración que afina el SII tras partida de tribunales tributarios
Pablo González se refiere a esta etapa, la cual busca evitar una fuerte judicialización de las causas
Una serie de cambios y definiciones de criterios en la sistematización de información realiza por estos días el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Es que tras la implementación de la nueva Justicia Tributaria y Aduanera -que comenzó a regir en las Regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta y de Atacama el lunes- el organismo fiscalizador se encuentra afinando una serie de aspectos relacionados con litigios, contratación de personal, rearme de equipos, implementación de la judicatura en las regiones restantes y la denominada Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF), etapa que apunta a evitar una excesiva judicialización de las diferencias entre el SII y los contribuyentes.
De acuerdo, al subdirector jurídico del organismo, Pablo González, la preparación del ente fiscalizador, frente a la nueva judicatura, "se hizo en varios frentes, que tienen relación con las etapas de un proceso que parte en el área de fiscalización, donde se incorporó apoyo jurídico; es decir, abogados que proveen herramientas desde el punto de vista jurídico para que el producto del trabajo de los fiscalizadores -que apunta a determinar una diferencia de impuestos con el contribuyente- tenga la mayor calidad desde el punto de vista legal".
La siguiente etapa, explica González, está relacionada con la reconsideración que pueda hacer el SII de la actuación que ha realizado en materia de fiscalización para efectos de confirmar si ésta ha sido acogida o no a derecho.
Finalmente, una preparación del equipo que debe litigar, de hecho Impuestos Internos creó la Oficina de Litigación Civil. Esto, en el escenario que las diferencias lleguen a tribunales por la reclamación del contribuyente.
Filtro de las causas
Respecto de la etapa de reconsideración, González enfatiza en la necesidad de prevenir un alto número de reclamos que el propio SII tendrá que administrar.
El subdirector jurídico explica que "históricamente el SII ha establecido un procedimiento, a petición del contribuyente en caso de diferencias de impuestos. Lo que ocurre hoy es que esta modalidad adquiere rango legal y con determinadas características que la insertan dentro de la etapa de reclamación".
Lo importante de las modificaciones introducidas, indica González, "es que hasta ahora la revisión que hacía el SII no necesariamente tenía en consideración la idea que a posteriori venía una litigación. Con la nueva justicia, si Impuestos Internos rechaza una reconsideración, porque desde su punto de vista no tiene mérito, asume la responsabilidad de hacerse cargo de un reclamo en tribunales".
Frente a este escenario, el jurista afirma que "se ha trabajado en un diseño de RAF que sea interesante y atractivo para el contribuyente por varias razones. Uno, porque no obliga al contribuyente a comparecer a través de abogados habilitados; dos, el SII ofrecerá como atractivo un porcentaje de condonación de intereses y multas a través de una solución inmediata y que no implique incurrir en mayores costos; y tres, el Servicio propenderá a resoluciones que sean atractivas para el contribuyente para que esto no se considere como un mero trámite".
Cambio de gobierno
Ahora bien, respecto de la prevalencia de criterios técnicos al interior del SII, en el contexto de la llegada de un nuevo gobierno, González asegura que el sistema que se configuró con la entrada en vigencia de los tribunales tributarios "está establecido en la Ley 20.322, por lo tanto ahí están incorporadas las modificaciones".
En ese contexto, González agrega que "hay una permanencia de esta nueva normativa, más allá de quién esté en el gobierno. Además, en el caso del SII hay una historia de regularidad en términos de normativa. No se le pueden atribuir a Impuestos Internos cambios repentinos de criterio a lo largo del tiempo. Al contrario, hay una regularidad en la forma que se realiza el trabajo", puntualiza.